Un caso de difamación que involucra a Jay Fonseca y NBC Telemundo ha llegado a una etapa crucial con la decisión de un tribunal de desestimar parte de las afirmaciones en cuestión. El caso se centra en la línea divisoria entre la opinión protegida y las afirmaciones de hecho difamatorias en artículos de opinión publicados por la cadena de televisión y su conocido presentador.
El tribunal emitió su fallo en relación con varias declaraciones controvertidas contenidas en los artículos de opinión publicados por NBC Telemundo y Jay Fonseca. Estas declaraciones se relacionan con un artículo de investigación publicado previamente por el Centro de Periodismo Investigativo (CPI) y abordan asuntos vinculados a figuras políticas y contratos gubernamentales.
El tribunal categorizó las declaraciones en tres grupos para su análisis:
**1. Afirmaciones de Hecho Provenientes del Artículo del CPI:**
Dos párrafos en disputa, 79(a) y 79(c), se consideraron como hechos respaldados por el artículo del CPI. El tribunal determinó que estas declaraciones estaban protegidas por el privilegio del servicio de noticias por cable y que, aunque incluían opiniones hiperbólicas de los acusados, no constituían difamación. Las declaraciones afirmaban que ciertas figuras políticas se estaban beneficiando de contratos gubernamentales y estaban relacionadas con la administración gubernamental. El tribunal sostuvo que estas afirmaciones eran interpretaciones hiperbólicas de los hechos revelados en el artículo del CPI y, por lo tanto, no eran difamatorias.
**2. Declaraciones de Hechos No Cubiertas por el Artículo del CPI:**
Un tercer párrafo, 79(b), hacía referencia a una investigación del gran jurado en el Distrito de Nueva York que no se mencionaba en el artículo del CPI. El tribunal determinó que esta declaración no estaba cubierta por el privilegio del servicio de noticias por cable y permitió que la demanda prosiguiera en relación con esta afirmación.
**3. Otras Declaraciones de Opinión y Hiperbólicas:**
El tribunal también revisó otras declaraciones impugnadas que incluían términos como "preocupante," "feo," y "cercanos," los cuales fueron considerados opiniones protegidas o hipérboles retóricas. Sin embargo, dado que estas declaraciones también contenían afirmaciones de hecho que podrían ser difamatorias, el tribunal decidió no desestimarlas en esta etapa del proceso legal.
Este caso específico involucra a Jay Fonseca y NBC Telemundo y seguirá avanzando en los tribunales, centrándose en la veracidad de las afirmaciones de hechos controvertidos y su impacto en la reputación de las partes involucradas. La decisión del tribunal subraya la importancia de la libertad de expresión y el derecho a la opinión, al tiempo que busca proteger a las partes de afirmaciones difamatorias que puedan dañar su buen nombre.
El caso servirá como un recordatorio continuo de la necesidad de equilibrar la protección de la reputación y el derecho a la libre expresión en el ámbito de la información y la opinión periodística.
ARTICULOS ANALIZADOS POR EL JUEZ
El Recuento Doce se refiere a un video en vivo de Facebook en el cual Fonseca también discute el mencionado artículo del Centro de Periodismo Investigativo (CPI). Las declaraciones en cuestión son las siguientes:
(a) [Jay Fonseca]: Uhh, el Centro de Periodismo Investigativo ha publicado una lista de los acuerdos de Elías Sánchez, uhh, que estaba en el chat y, nuevamente, lo importante, para mí, en esto, recuerden, es la corrupción, y que la gente no puede ser removida, pero es muy importante que, si ustedes ven ese enlace que puse allí por si acaso, uhh... Creo que ha llegado el momento de que quede bastante claro ya que parece haber habido un acuerdo de personas que ayudaron a Ricardo Roselló en la campaña después de haberse dado un atracón de contratos, pero a niveles simplemente imposibles de aceptar, y que estas personas estaban en connivencia con la administración y específicamente con el gobernador, eso es realmente vergonzoso.
(b) En otras palabras, estamos hablando de que, por ejemplo, Elías Sánchez, uhh, según el Centro de Periodismo Investigativo, cobraba hasta cincuenta mil dólares al mes por contratos de lobby con el gobierno y podía cobrar comisiones de hasta veinticinco por ciento. En mi vida he escuchado que una comisión normal es del tres al diez por ciento, veinticinco por ciento, nunca he escuchado una cifra así y el Centro de Periodismo Investigativo afirma que eso es lo que se pagaba.
En otras palabras, estamos hablando de que esta información es cierta, que se está compartiendo con el Distrito Sur de Nueva York, uhh, ¿verdad? Que es el distrito que básicamente supervisa los casos más brutales de corrupción, casos de mafia, que van al Distrito Sur de Nueva York, donde son investigados. Bueno, este gran jurado que está allí parece haber recibido evidencia o información que, según el Centro de Periodismo Investigativo, es simplemente increíble.
(c) Uhh, quiero decir, estamos hablando de una organización criminal, y no estoy exagerando, si lees ese artículo, eso es lo que dice, no estoy diciendo que esto sea cierto porque no estoy al tanto y no son mis fuentes, una gran parte de lo que he escrito está ahí, ¿verdad? Lo hemos dicho en mi programa de televisión, pero no todos y, francamente, algunos son, uhh, temas muy complicados, muy complicados.
Específicamente, estamos hablando de, por ejemplo, cómo Alberto Velázquez Piñol, uhh, a quien el gobernador afirma que no fue nombrado para nada, bueno, parece que tenía acceso a mucho más de lo que se dijo, y sobre todo, la complicidad entre los lobistas en ese chat. Quiero decir, Ramón Rosario, que ahora también está haciendo lobby, el gobernador le otorga a Carlitos Bermúdez acceso a contratos ridículamente altos, para relaciones públicas, uhh, Edwin Miranda, que se dio un atracón de contratos gubernamentales, a través de varios mecanismos y corporaciones, uhh, estamos hablando de que Elías Sánchez está ganando dinero pero en cantidades ridículas, uhh, y luego, nuevamente, en el chat, ves el nivel de hermandad y el nivel de que todo está bien y todo está genial.