La obtención de la residencia permanente es un trámite que puede llevar hasta más de 15 años a un inmigrante para obtenerlo, si es que logra pasar todos los filtros de Servicios de Ciudadanía e Inmigración (USCIS).
Por ello es importante cuidar la “green card”, el documento que avala la obtención de ese estatus migratorios y, sobre todo, nunca firmar el Formulario I-407 o renuncia a la residencia legal permanente.
La abogada Jessica Domínguez le confirmó a Univisión que el formulario es entregado por oficiales migratorios a algunas personas, quienes no entienden inglés o no saben leer, por lo que podrían cometer el error de firmar el papel y, si ingresa al país, convertirse automáticamente en indocumentado.
La propia oficina de USCIS explica en su portal el fin del I-407.
“Use el Formulario I-407 para informarnos que ha decidido voluntariamente abandonar su estado como residente legal permanente (LPR, en inglés) de los Estados Unidos”, indica la autoridad. “Luego actualizaremos sus registros para mostrar que ya no es un LPR”.
Es decir, este documento podría ser utilizado por alguien que decide dejar de ser un inmigrante legal.
Hay 24 locaciones a nivel internacional donde se puede firmar el documento, como en Cuba, El Salvador, Guatemala, México, Perú y República Dominicana, además de Asia y Medio Oriente, y algunos países de Europa, como Alemania e Italia.
Ahora bien, el documento podría ser firmado por el portador de la “green card” o por un responsable legal, para aquellos menores de 18 años.
“Si el LPR es menor de 18 años, los padres del menor, los padres con custodia o los tutores legales deben firmar y aceptar la presentación del Formulario I-407”, indica la autoridad. “Si solo hay un padre legal, ese padre puede firmar”.
Sin embargo, al padre/madre se le obliga a presentar pruebas de tener la custodia legal única; o, mostrar que cualquier otro padre ha fallecido o sus derechos parentales han sido rescindidos legalmente.
Si usted no desea perder su estatus legal permanente nunca firme el documento y, si tiene dudas, consulte a un abogado.
Fuente: La Opinión.com